Normativa

Cómo sustentar una ampliación de plazo con la curva S

La curva S no prueba una ampliación de plazo: lo que la acredita es la afectación de la ruta crítica anotada oportunamente en el cuaderno de obra. Qué papel sí cumple la curva en el expediente y los cinco errores que hunden solicitudes bien fundadas.

Hay una convicción extendida en obra que conviene desmontar desde el principio: la curva S no prueba una ampliación de plazo. Muestra que la obra está atrasada, que es otra cosa. Una solicitud de ampliación sustentada únicamente en una curva S descendente se deniega, y con razón, porque no acredita ninguno de los elementos que la normativa exige.

Dicho eso, la curva S sí cumple un papel útil en el expediente, siempre que se la use para lo que sirve y se la acompañe de lo que realmente sustenta.

Curva S con el tramo afectado y la proyección del nuevo plazo
Figura 1. Sustento gráfico de una ampliación de plazo: tramo afectado, desfase acumulado y nueva fecha de término. Elaboración propia.

Los tres elementos que hay que acreditar

Con independencia del régimen normativo aplicable —la Ley 32069 y su reglamento para los contratos suscritos desde el 22 de abril de 2025, o la Ley 30225 para los anteriores—, la estructura del sustento de una ampliación de plazo responde siempre a la misma lógica de tres elementos encadenados:

  1. Una causal válida y no atribuible al contratista. Atrasos o paralizaciones ajenos a su voluntad, la aprobación de prestaciones adicionales que afectan el plazo, la demora de la entidad en entregar el terreno o en absolver consultas, caso fortuito o fuerza mayor.
  2. La anotación oportuna en el cuaderno de obra del hecho generador, desde su inicio y durante su ocurrencia. Este es el requisito que más solicitudes hunde: la causal existió, fue real y verificable, pero no quedó registrada cuando ocurrió.
  3. La demostración de que ese hecho afectó la ruta crítica del cronograma vigente y, por tanto, la fecha de término de la obra.

El tercer elemento es el técnicamente más exigente, y donde la curva S no puede ayudar.

Por qué la curva S no acredita la afectación de la ruta crítica

La curva S es un agregado monetario: suma soles de todas las partidas sin distinguir cuáles condicionan la fecha de término. Una obra puede tener un SPI de 0,70 por atraso en partidas de acabados que tienen holgura de sobra, y terminar exactamente en la fecha prevista. Y al revés: puede estar sobre la curva programada y tener paralizada la única actividad de la que depende el plazo. El atraso en la ruta crítica solo se demuestra con el cronograma de red, comparando la programación vigente contra la afectada por el hecho generador.

Para qué sí sirve la curva S en el expediente

Definido lo que no hace, queda claro dónde aporta:

  • Establece el contexto cuantitativo. En una sola imagen sitúa al revisor —que puede no haber pisado la obra— en la magnitud del desfase y en el momento en que se produjo.
  • Data el inicio del efecto. El punto en que las curvas de programado y ejecutado empiezan a separarse es un indicio temporal valioso. Si esa inflexión coincide con la fecha del hecho generador anotado en el cuaderno de obra, la correlación refuerza el relato del expediente.
  • Cuantifica la magnitud económica de la afectación, mediante la variación del cronograma (SV = EV − PV), que expresa en soles el trabajo que dejó de ejecutarse.
  • Documenta el comportamiento previo. Una obra con SPI cercano a 1,00 durante cinco meses que se desploma justo tras el hecho generador construye un argumento mucho más sólido que una obra atrasada desde el primer corte.

Ese último punto merece énfasis porque funciona en ambos sentidos. Al revisor le basta mirar la curva para preguntar: si la obra ya venía con SPI de 0,75 antes del hecho invocado, ¿cuánto del atraso es atribuible a la causal y cuánto a la propia gestión del contratista? Es una pregunta legítima y difícil de responder si no se anticipó.

Estructura de un expediente que sí sustenta

Un expediente de ampliación de plazo razonablemente completo se organiza así:

ComponenteQué acredita
Solicitud y causal invocadaMarco de la petición
Copia de asientos del cuaderno de obraOportunidad y ocurrencia del hecho
Cronograma vigente antes del hechoLínea base de comparación
Cronograma afectado, con ruta crítica resaltadaAfectación del plazo — el núcleo del sustento
Análisis de la ruta crítica antes y despuésNexo causal técnico
Curva S comparativaContexto, magnitud y datación del efecto
Cuantificación de días solicitadosPetitorio concreto
Medios probatorios complementariosRespaldo fáctico

Nótese la posición de la curva S: sexta de ocho, como elemento de contexto. Presentarla como pieza principal invierte la jerarquía del sustento y debilita el conjunto.

La curva S comparativa de tres líneas

Para este uso concreto, la presentación más eficaz no es la curva S habitual de dos líneas, sino una de tres:

  1. Programado original — el calendario de avance del contrato.
  2. Programado vigente — incorporando ampliaciones y adicionales ya aprobados.
  3. Ejecutado real — el valor ganado acumulado, no el monto valorizado.

Sobre ese gráfico se marca con una línea vertical la fecha del hecho generador y se anota el número del asiento del cuaderno de obra correspondiente. El resultado es una pieza que el revisor lee en quince segundos y que amarra visualmente el hecho invocado con su efecto. La construcción de estas series está detallada en el artículo sobre construcción de la curva S.

Usa el valor ganado (EV) y no el monto valorizado (AC) para la línea de ejecutado. Si hay adelantos vigentes, la curva de AC muestra un avance financiero que no corresponde a obra construida y un revisor atento lo detecta de inmediato, restando credibilidad a todo el expediente. Ver el tratamiento de adelantos.

Errores que hunden solicitudes bien fundadas

  1. Anotación tardía en el cuaderno de obra. El hecho se anota cuando ya se decidió solicitar la ampliación, semanas después de ocurrido. Es el defecto más común y el más difícil de subsanar.
  2. Solicitar días proporcionales al atraso monetario. «Tenemos 15 % de atraso sobre un plazo de 210 días, luego pedimos 31 días.» No hay ninguna relación necesaria entre porcentaje de avance y días de ruta crítica afectada.
  3. No aislar la causal del atraso propio. Cuando la obra ya venía atrasada, el expediente debe distinguir con claridad qué parte del retraso corresponde al hecho invocado. Si no lo hace el contratista, lo hará la entidad, y con criterio menos favorable.
  4. Cronogramas sin ruta crítica identificable. Un Gantt de barras sin vínculos de precedencia no permite demostrar afectación de ruta crítica, porque técnicamente no tiene ruta crítica.
  5. Incumplir los plazos procedimentales para presentar la solicitud una vez concluido o cesado el hecho generador. Una solicitud extemporánea se pierde por forma, aunque tenga toda la razón de fondo.
Alcance de este artículo. Contenido técnico de gestión de proyectos, verificado en setiembre de 2026. No constituye asesoría legal. Los plazos, requisitos y procedimientos concretos dependen del régimen aplicable a cada contrato y de sus bases integradas; una solicitud de ampliación de plazo de monto significativo debe formularse con opinión legal especializada.

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Ing. Manuel Cornejo Cornejo
Ingeniero Civil · Consultor en Gestión de Proyectos · CIP N.º 19326

Ingeniero Civil con más de 40 años de ejercicio profesional en proyectos de infraestructura en el Perú. Desarrolló su carrera en empresas del sector público y del sector privado, y hoy trabaja como consultor independiente en gestión y supervisión de proyectos desde CORPROINCO S.A.C. Más sobre el autor y sobre CORPROINCO.